Pasado el 31 de diciembre es conveniente dedicar tiempo y esfuerzo al año anterior y comprobar fehacientemente el saldo real que existe con proveedores y clientes (a través del modelo 347).
No cabe duda que estos últimos dos años las empresas están afrontando situaciones marcadas por la incertidumbre y la complejidad. Y no es para menos. La pandemia provocada por el Covid-19 ha obligado a muchas empresas a experimentar cambios y modificaciones de negocio que no son siempre fáciles de predecir. Pese a ello, en Sabido Asesores sabemos de primera mano que cerrar el año contable cuanto antes contribuye a mejorar la planificación y el control de la empresa sobre su situación actual.
¿Qué supone cerrar el año el 31 de diciembre?
Cuando una empresa cierra el último día del año a su vez está marcando los plazos máximos:
1. Plazo máximo para la formulación de cuentas: 31 de marzo
2. Para la legalización de libros: 30 de abril
3. Para la celebración de la Junta General y la aprobación de las cuentas: 30 de junio
4. Depósito de las cuentas anuales en el Registro Mercantil: 30 de julio
Si esto se realiza correctamente, los beneficios financieros podrán verse reflejados en un corto período de tiempo. Gracias a ello, se podrán tomar mejores decisiones en cuanto al reparto de dividendos, reservas voluntarias, dotación de reserva legal y especiales o, incluso, el más valorado por las empresas: posibles ampliaciones de capital.
Como ves, en Sabido Asesores conocemos a la perfección todo el proceso que se debe realizar para el correcto cierre del año fiscal. Llevamos más de 15 años dedicándonos a la asesoría fiscal, contable y jurídica, y podremos darte el soporte necesario para que tu negocio cumpla con las exigencias legales establecidas, ¡y siempre a tiempo!
Confía en nosotros y verás cómo aumenta la tranquilidad de tu empresa.